Desalojo de okupas en viviendas rurales, ¿cómo proceder?
Laura Chan -
08 Nov.- Se considera como vivienda rural a aquellos espacios residenciales
autónomos e independientes, construidos siguiendo patrones tradicionales y que
suelen ubicarse principalmente en zonas campestres o rurales.
Aunque el temor a lidiar con un caso de ocupación ilegal sea más común en los
grandes núcleos urbanos densamente poblados, cuando individuos no autorizados
ingresan sin justificación en nuestras propiedades rurales, nos enfrentamos a
una situación de usurpación ilegal de vivienda, tal como sucede en la playa o en
las áreas urbanas, según lo establecido en el artículo 245 del Código Penal.
En realidad, la ocupación ilegal de inmuebles rurales es bastante frecuente,
aunque poco conocida precisamente debido a esa razón. Al alejarse del foco
mediático, suele llevarse a cabo de manera más discreta y silenciosa, ya que las
viviendas en estas áreas generalmente carecen de sistemas de alarma, medidas de
seguridad o vigilancia.
Hace algunos años, específicamente en 2019, saltó a los medios de comunicación
el caso de unos jóvenes que se dedicaban a recuperar pueblos abandonados y
fueron condenados por delitos contra la ordenación del territorio y por ocupar
áreas de monte público de manera ilegal.
Un año más tarde, en Ronzón (Asturias), surgió otro caso de okupación en el
Palacio de Ronzón, una residencia señorial ubicada en una aldea.
Estos casos, no obstante, tienden a generar extensos debates entre quienes
respaldan la revitalización de áreas rurales abandonadas y aquellos que
argumentan que están cometiendo infracciones que deben ser castigadas. Es por
ello por lo que debemos distinguir, aquella ocupación que se lleva a cabo en
áreas realmente deshabitadas y la que ocurre en segundas residencias personales.
En este otro post
[https://www.desokupaexpres.com/noticias-okupas/la-okupacion-de-viviendas-evolucion-del-termino-y-su-significadola-okupacion-de-viviendas-evolucion-del-termino-y-su-significado/]
explicamos la diferencia.
Mecanismo
Para proceder con un desalojo en zonas rurales, en Desokupa Expres
[https://www.desokupaexpres.com/] contamos con los mismos medios, sin escatimar
en acciones, que para el resto de okupaciones en grandes centros urbanos.
Vía penal
Por un lado, disponemos de la vía penal, que se inicia mediante una denuncia por
usurpación, de acuerdo con el artículo 245.2 del Código Penal. Para ello, es
necesario reportar el incidente a una autoridad policial o judicial.
La denuncia debe incluir información extensa de la situación, esto es; la
presentación del título de propiedad, junto con una explicación de cuándo fue la
última vez que se tuvo acceso a la propiedad, la identificación de posibles
testigos, la afirmación de que no se otorgó consentimiento y la solicitud de
desalojo inmediato de los ocupantes. Tras presentar esta denuncia, se llevará a
cabo una investigación para verificar que se cumplen los elementos del delito.
Vía Civil
Por otro lado, la vía civil nos ofrece varias opciones; el proceso común, y el
nuevo procedimiento de “desahucio exprés”.
El proceso ordinario se recoge en el artículo 399 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil y se desarrolla como cualquier otro procedimiento legal de naturaleza
civil. Comienza con la presentación de la demanda correspondiente, que, una vez
admitida a trámite, implica la notificación de los ocupantes ilegales. Estos son
citados para la celebración de la audiencia donde se resolverá el caso con su
correspondiente ejecución de sentencia.
Por otro lado, el proceso exprés permite solventar la problemática más
prontamente, y requiere de una “audiencia previa” donde se les ofrece la
posibilidad a las partes, de llegar a un acuerdo previo al juicio.
Contratación de una empresa privada
Por último, una tercera alternativa consiste en recurrir a la contratación de
profesionales dedicados a la desokupación. Esta opción surge en respuesta a la
necesidad de agilizar procedimientos y resolver la cuestión de la ocupación de
la manera más sencilla posible.
Los procedimientos judiciales ordinarios de desalojo suelen llevar, en promedio,
más de 20 meses desde su inicio hasta su resolución. Debido a la pasividad ante
el injusto paso del tiempo, han surgido estas empresas que actúan contra los
okupantes, toman medidas en contra de los ocupantes, remediando la situación de
manera mucho más rápida.
En conclusión, la intromisión ilegítima en áreas rurales, aunque no recibe tanta
atención como en las zonas urbanas, es una realidad más común de lo que se
piensa. Para evitar problemas, es importante tomar precauciones. Sin embargo, si
te encuentras involucrado en una situación de este tipo, lo mejor es actuar
rápidamente y tomar medidas.
Desokupa Expres ofrecemos nuestros servicios a los damnificados, logrando
alcanzar soluciones a la problemática de la okupación rural de manera legal,
rápida y segura para aquellos que lo soliciten.
Trabajamos junto con profesionales especializados en el ámbito jurídico
[https://www.desokupaexpres.com/servicios/asesoramiento-juridico/], para luchar
ante estas injustas situaciones. Estamos altamente familiarizados con esta área
y llevamos a cabo las evacuaciones sin altercados, siguiendo siempre medidas
inocuas, amparadas por todas las actualizaciones en materia penal.
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