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Diferencias en los desahucios de okupas e inquiokupas

Diferencias en los desahucios de okupas e inquiokupas

03 Ene.- Para abordar esta cuestión, en primer lugar, debemos hacer una distinción entre el inquilino que deja de pagar sus mensualidades (inquiokupa) y un okupa.

La diferencia de ambos sujetos radica en la naturaleza de su relación con la propiedad: mientras que el inquilino moroso es alguien que por diversas razones, incumple con sus obligaciones contractuales al no abonar el alquiler correspondiente, el okupa, por otro lado, se caracteriza por ocupar una vivienda sin tener ningún derecho legal sobre la misma.

Por ende, la distinción se da en cuanto a que el inquilino, por lo general, ha establecido un contrato de arrendamiento que establece sus derechos y obligaciones, mientras que el okupa carece de cualquier acuerdo legal para habitar la propiedad en cuestión.

En términos legales y sociales, el trato ante estas situaciones difiere, ya que cada situación conlleva implicaciones y soluciones específicas. De igual forma, en relación con el proceso de desahucio, también encontramos ciertas diferencias.

Existen varios procedimientos legales posibles para llevar a cabo un desahucio:

1. El desahucio exprés

El novedoso mecanismo de “desahucio exprés” del que Desokupa Expres somos especialistas, se refiere a una forma jurídica de desocupación diseñada para mitigar los inconvenientes ocasionados por las demoras experimentadas en los procedimientos convencionales de desalojo, ya sea en el ámbito civil o penal.

Esta nueva herramienta, introducida en 2018 mediante la Ley 5/2018, de 11 de junio, modificó la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil en relación con la ocupación ilegal de viviendas, implementó un enfoque alternativo que confiere el mismo trato a los casos de okupación e inquiokupación.

El objetivo principal de esta novedad era proporcionar a las personas afectadas por casos de usurpación ilegal de viviendas la posibilidad de recuperar la posesión de manera más rápida y sencilla a través de un juicio oral.

2. El desahucio ordinario por precario

Antes de la promulgación de la ley 5/ 2018, los afectados solían recurrir al desahucio por precario como procedimiento habitual.

Este tipo de desahucio se aplica comúnmente en situaciones de okupación, pues abordan casos en los que no existe un título válido de posesión —como por ejemplo, un contrato de arrendamiento—, cuando el ocupante carece de derechos legítimos sobre la propiedad, o cuando alguien utiliza una propiedad en contra de los intereses del propietario legal.

3. El desahucio por impago

Por otro lado, cuando sí existe una relación contractual (arrendamiento, alquiler…); al desahucio por incumplimiento de esta, se le denomina, “desahucio por impago”.

Diferencias desahucio por impago y por precario

En cualquiera de los casos, para iniciar los procedimientos de desahucio por precario, es esencial iniciar el contacto con un abogado y, en la medida de lo posible, con los ocupantes.

Si los okupas no desocupan voluntariamente la propiedad, se procede a presentar la demanda ante los Juzgados de Primera Instancia ubicados en el lugar donde se encuentra la vivienda.

En este punto, sin embargo, el tratamiento de ambos procesos diferirá ligeramente, pues, mientras que en los casos de ocupación genérica basta con presentar la acreditación de propiedad del inmueble, en los casos de inquiokupación, será necesario presentar, junto a esta, un requerimiento de devolución de la finca, para evidenciar la retirada del consentimiento de ocupación.

Además, en la demanda de desahucio por impago, se deberá adjuntar una mayor carga de documentación probatoria (e.g. el contrato firmado, documentos que acrediten la falta de pagos), para solicitar tanto el pago de la deuda acumulada, como el desalojo de la propiedad.

Finalmente, en las situaciones en las que se concede inicialmente un permiso verbal, no respaldado por un contrato, para el uso temporal de una vivienda sin requerir un pago y posteriormente este consentimiento es revocado, se debe recurrir a la vía del desahucio por precario, pues no existe un contrato formal que establezca un período de arrendamiento o condiciones específicas.

En conclusión, aunque ambos procesos buscan restablecer los derechos del propietario y garantizar el cumplimiento de la normativa legal relacionada con la ocupación ilegal de viviendas; en los desahucios de okupas la principal pretensión judicial es verificar la legalidad de la ocupación, determinar la posesión legítima del propietario y, emitir una orden de desahucio para recuperar la propiedad.

Por otro lado, en los desahucios a inquilinos morosos, el juez tiene un doble objetivo: por un lado, verificar la existencia de la deuda mencionada para poder reclamar su pago, y, en consecuencia, emitir la correspondiente orden de desahucio.

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