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La nueva Ley de Vivienda y las modificaciones en materia de alquiler

La nueva Ley de Vivienda y las modificaciones en materia de alquiler

18 Dic.- La nueva Ley 12/2023, promulgada el 24 de mayo, que garantiza el derecho a la vivienda, ha generado una amplia discusión, en lo que concierne a la okupación y sus estrategias para solucionar diversos desafíos relacionados con los precios del alquiler y la escasez de viviendas, entre otros temas.

Uno de los principales problemas que debía abordar esta obra legislativa es la falta de viviendas a precios asequibles, con tal de evitar que se den situaciones de tensión en el mercado del alquiler.

Entre las medidas que contempla esta ley, se encuentran las siguientes:

El precio del alquiler


La Ley de Vivienda presenta una serie de innovaciones significativas; en primer lugar, esta legislación ofrece incentivos fiscales y urbanísticos para las viviendas de propiedad privada que se alquilan a precios reducidos.

En relación con las prórrogas obligatorias, la ley prevé de forma novedosa que estas se extiendan de 3 a 5 años (o incluso 7 años si el arrendador es una persona jurídica); tiempo durante el cual el arrendador solo puede recuperar la vivienda para uso personal o de su familia si así se acordó en el contrato inicial.

Además, en cuanto a los límites en el precio del alquiler, la Ley limita el alquiler para nuevos inquilinos al precio establecido en el contrato anterior.

Se introduce también un límite de precio en viviendas que no se han alquilado en los últimos 5 años, y se establece que, durante el año 2024, el aumento máximo anual del precio del alquiler no puede superar el 3% en los contratos existentes.

Por otro lado, a partir de 2025, se implementa un nuevo índice de referencia en lugar del IPC para la actualización anual de los contratos de alquiler, con el fin de preveniraumentos desproporcionados en las rentas.

Facilidades procesales ante incumplimiento contractual

El proceso para recurrir al procedimiento de juicio verbal en caso de incumplimiento contractual por parte de los inquilinos se simplifica.

Esto abre la posibilidad de utilizar el juicio verbal para reclamaciones de cantidad que no superen los 6.000 euros, lo que resulta en menores gastos y un proceso más rápido en comparación con el juicio ordinario.

Materia impositiva


En cuanto al Índice de Precios al Consumidor (IPC), se establecen restricciones anuales para los aumentos en los alquileres, limitándolos al incremento del IPC.

Durante la duración de un mismo contrato de arrendamiento de vivienda, la renta no podrá aumentar más allá del índice de inflación, una normativa que recupera el mismo límite presente en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994.

No obstante, se mantiene la libertad de las partes para acordar el mecanismo de revisión de esta renta.

Por otro lado, se suprime el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en el alquiler de viviendas habituales.

Con el objetivo de reducir la carga tributaria, se introduce una nueva exención que se aplica a la firma de contratos de arrendamiento de viviendas destinadas a uso habitual o permanente.

Esta novedosa regulación exime al inquilino del pago de este impuesto, aliviando así la carga financiera asociada a la vivienda en alquiler.

Medidas que afectan a la relación entre arrendador y arrendatario

Estas medidas buscan lograr un equilibrio entre ambas partes involucradas, evitando desequilibrios.

Se introduce la posibilidad de una prórroga extraordinaria de un año en contratos de arrendamiento en situaciones de vulnerabilidad social o económica.

Para beneficiar al inquilino, los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato serán responsabilidad del arrendador si es una entidad legal, aliviando las cargas económicas del inquilino al suscribir contratos de alquiler con empresas o sociedades.

Por último, se establece un límite de dos meses de renta para las garantías adicionales que se pueden exigir al arrendatario al firmar el contrato, en contraste con la inexistencia de un límite anteriormente, lo que permitía prácticas abusivas.

Mecanismos protectores para las personas vulnerables

En este contexto, se busca mejorar la comunicación entre el sistema judicial y los servicios sociales, con el propósito de brindar una atención más ágil a personas en situación de vulnerabilidad. Se pretende hallar soluciones de vivienda para aquellos afectados, extendiendo los plazos de suspensión de los desalojos.

En casos en los que el demandante sea un “gran tenedor” y la demanda de desahucio involucre a personas vulnerables, se requerirá la aplicación previa de un proceso de conciliación o intermediación.

En resumen, esta ley se origina con la intención de respaldar a jóvenes y grupos en situación de vulnerabilidad en su acceso a la vivienda, así como de proporcionar mayor estabilidad y seguridad en los contratos de alquiler. No obstante, en algunos casos, parece favorecer en exceso a los inquilinos, dejando a los arrendadores menos protegidos.

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