Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Puede cambiar la configuración u obtener más información en nuestra Política de Cookies

¿Qué cambios propone la Ley de Vivienda del PP y cómo me afecta como propietario?

Ley de Vivienda del PP

19 Jul.- La aprobación de la Ley de Vivienda el pasado 17 de abril —propuesta por el actual Consejo de Ministros— y su puesta en vigor el 26 de mayo de 2023, ha suscitado muchas dudas y por consiguiente, detractores del principal partido de la oposición.

Al no ser una ley que clarifique la situación de los okupas, y, por el contrario, pueda incluso favorecerles (especialmente en el caso de los “inquiokupas”), los perjudicados por situaciones de okupación y la oposición han alzado su voz alarmados por las medidas de dicha norma. ¿Conoces en qué consisten sus particularidades y cómo te pueden afectar como propietario de una vivienda okupada? En Desokupa Expres te informamos a continuación.

En este contexto de disconformidad, el PP ha aprovechado para iniciar una propuesta de Ley de Vivienda que pretende sustituir a la actual Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, en el caso de que estos alcancen la Moncloa en las próximas elecciones.

Dentro del programa electoral presentado para las elecciones del 23 de Julio, esta iniciativa de creación de un proyecto de ley alternativo se encuentra desarrollada entre las 7 medidas que abarcan de la número 280 a la 286, ambas incluidas.

Todas estas propuestas hacen referencia al asunto de la okupación e integran el “objetivo 8” en defensa de la propiedad privada de los españoles”.

Mientras que el PSOE fundamentaba la creación de su ley en el artículo 47 de la Constitución Española —cuya redacción declara que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada—, esta sección del planteamiento de gobierno de PP se apoya en el artículo 33 de la Carta Magna; que establece por su parte que nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes, en referencia a la defensa de la propiedad privada.

Este proyecto político pretende aprobar un paquete de medidas “anti-okupación” donde se menciona que los desalojos tendrán lugar en “menos de 24 h” (desalojos exprés), una necesaria alusión al tiempo, pues las dilaciones en las actuaciones policiales y jurídicas bajo el mando del actual gobierno han sido reprochadas por la gran mayoría de afectados. Demoras que pueden llegar a alcanzar los 18 meses, según datos del Consejo General del Poder Judicial.

Además, para promover la efectiva actuación, se pretende establecer un teléfono de asistencia inmediata operativo las 24 h del día.

Como explicábamos en anteriores artículos, la okupación hace referencia al delito tipificado en el artículo 245 del Código Penal español (C.P), que a diferencia del delito de allanamiento de morada (art. 202 C.P.), se realiza en viviendas que no constituyen “morada”.

La condena por la comisión del actual delito de usurpación con violencia o intimidación supone la pena de prisión de 1 a 2 años y se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado. En el caso de no hallarse violencia ni intimidación, la pena será únicamente una multa de 3 a 6 meses.

Las propuestas del PP también se refieren a estas sanciones. Pretenden elevarlas hasta los 3 años de cárcel y añadiendo un supuesto legal donde la ocupación ilegal se lleve a cabo por un grupo organizado (mafias).

Este plan “anti-ocupación” también pretende impedir que las viviendas ocupadas ilegalmente sean objeto de carga tributaria así como que los ocupas ilegales puedan empadronarse y disfrutar de los beneficios y derechos asociados a dicho registro. En relación con las cargas impositivas, por ejemplo, las cantidades abonadas por el propietario en concepto de IBI y en el Impuesto sobre el Patrimonio por el periodo que haya durado la ocupación pretenden ser devueltas íntegramente al propietario que las haya abonado.

Las medidas también afectan a los funcionarios: las “fuerzas y cuerpos de seguridad” podrán especializarse en la lucha contra la ocupación ilegal, actuaciones que prometen ser inmediatas y llevadas a cabo a través de protocolos claros y efectivos. Además, también impulsarán la especialización del personal en los juzgados, fomentando la agilización de los procesos.

Como podéis ver, las propuestas que esta alternativa Ley de Vivienda del Partido Popular pretende incorporar, no difieren en gran medida de la filosofía de Desokupa Exprés también creemos en los desalojos ágiles y legales (desahucios “exprés” en menos de 48 horas), así como en la protección de los legítimos propietarios.

Sin embargo, cabe recordar de nuevo que esta ley continúa siendo una propuesta que se está desarrollando entre las sedes del Partido Popular, pero que todavía no ha visto la luz.

En Desokupa Expres llevamos actuando de manera eficiente y sin altercados desde hace más de 5 años, prestando un servicio que en todo caso respeta los límites legales a través de un sistema propio de trabajo amparado en la legislación española.

Para obtener más información sobre nuestros servicios puede contactar sin compromiso llamando al 645 250 976 o enviándonos un correo a la dirección: info@desokupaexpres.com. Te atenderemos sin compromiso y de forma gratuita.

¿En qué puedo ayudarte?